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Con Fernanda Kaingáng

La revisión de la NR36 y su vínculo directo con las comunidades indígenas

En 2020 entre 10 y 20.000 indígenas trabajaron en frigoríficos de Brasil. La NR36, que regula salud y seguridad en ese sector, no puede ser modificada sin que antes se consulte a las comunidades originarias, que serán afectadas por esos cambios. Sin embargo, dijo a La Rel la abogada y activista indígena Fernanda Kaingáng, la revisión de esa norma fue planteada entre gallos y medias noches, violando la obligación de consulta a los pueblos originarios consagrada por el Convenio 169 de la OIT.

Amalia Antúnez


Foto: Gerardo Iglesias

-¿Cómo afectaría a las comunidades indígenas una flexibilización de la norma que regula las condiciones de salud y seguridad en los frigoríficos?
-La mano de obra indígena que busca empleo en las grandes industrias, entre ellas la de frigoríficos será altamente perjudicada si la NR36 es debilitada.

Esto si hablamos solo de trabajadores y trabajadoras, pero tenemos que tener en cuenta también que quienes trabajan en los frigoríficos lo hacen para mantener a sus familias, que en general son muy numerosas.

La población indígena ya es económicamente vulnerable. Datos del gobierno federal muestran que estas comunidades están inscritas en masa en programas de auxilio alimentación como el Bolsa Familia.

Entonces revisar la norma, quitando las pausas de recuperación psicofisiológicas, sin duda alguna será un enorme retroceso que afectaría a muchos trabajadores económicamente vulnerables como lo son los indígenas.

-El acceso a la tierra y el arrendamiento de territorio indígena para el agronegocio, ¿tiene incidencia en que las comunidades originarias sean fuente de mano de obra barata para los frigoríficos?
-Esto está directamente vinculado. La mayoría de los trabajadores indígenas se someten a realizar viajes de tres horas para ir y otras tres horas para volver en circunstancias precarias de transporte por salarios muy bajos, precisamente porque tienen poca tierra.

Y esa poca tierra que tienen está siendo explotada ilegalmente, desordenadamente mediante el arrendamiento de esos territorios en nombre de intereses financieros para la plantación de monocultivos, en general transgénicos, algo que no se puede hacer en reservas indígenas.

Opresión dentro y fuera

Son monocultivos que contaminan el medio ambiente, que comprometen las variedades criollas y el desarrollo de la agricultura tradicional de subsistencia y degeneran la organización social misma de los pueblos indígenas porque cooptan a los líderes haciendo que estos opriman a sus comunidades.

Entonces muchos indígenas se ven en la necesidad de buscar fuera de sus aldeas un modo de subsistir. La industria frigorífica, por su cercanía, sobre todo en las regiones Centro Oeste y Sur, absorbe esa mano de obra que termina siendo explotada y vulnerada dentro de los frigoríficos.

-Esta situación que describes empeoró en los últimos años, sobre todo luego de la asunción del gobierno de Jair Bolsonaro…
-Si bien esto no es nuevo, con el gobierno actual se agravó bastante. En gobiernos anteriores se crearon mecanismos de distribución de la renta, proyectos de sustentabilidad, demarcación de tierras, etcétera.

Todo esto se perdió en esta administración y hoy hay un recrudecimiento de la violación de derechos territoriales.

Cuando no se demarcan las tierras indígenas y encima de eso se favorecen intereses de la minería, de las madereras y del agronegocio, como lo hizo este gobierno, la situación para los pueblos originarios es de total vulnerabilidad.

La pandemia empeoró todo, porque las comunidades quedaron aisladas debido a que los contagios entre trabajadores indígenas dentro de los frigoríficos fueron altísimos y a su vez más mortales debido a las condiciones genéticas de las poblaciones originarias.

Convenios internacionales vulnerados

-¿Cómo la revisión de la NR36 atenta contra el Convenio 169 de la OIT?
-Este Convenio es el instrumento internacional más robusto en lo que concierne a la defensa de los derechos de los pueblos indígenas, especialmente en el área del trabajo.

El Convenio 169 establece el derecho de consulta, que debe ser ejercido antes de la creación de mecanismos jurídicos o administrativos que puedan afectar a estas comunidades.

Las consultas deben a su vez ser realizadas de buena fe, teniendo en cuenta la diversidad lingüística y el resultado de esa consulta debe ser acatado por los gobiernos.

La revisión de la NR36 entre gallos y medias noches, en el período de receso de fin de año, viola el derecho de los pueblos indígenas a ser informados previa y claramente sobre cómo esa medida puede afectarlos.

La revisión de esta norma sería en resumen un retroceso para los pueblos indígenas.

El gobierno de Brasil debe ser en consecuencia presionado para que respete los derechos de sus poblaciones originarias, consagrados internacionalmente.