Búsqueda de petróleo en Uruguay, una política de Estado en cuestión (III)
Mientras sectores sociales expresaban su oposición a las prospecciones petroleras en el mar, cuatro acciones judiciales desde organizaciones civiles y una institución del Estado, que proponían suspender preventivamente las autorizaciones del Ministerio de Ambiente, sufrieron dilaciones y rechazos por razones formales que les restaron eficacia sin analizar las razones de fondo. Las prospecciones se iniciaron, pero las acciones de protesta no se han detenido.
Víctor Bacchetta
9 | 3 | 2026

La oposición social a las prospecciones sísmicas en el mar comenzó a manifestarse fuertemente en 2025, cuando se conocieron las propuestas al Ministerio de Ambiente de las cuatro empresas petroleras firmantes de los nuevos contratos con ANCAP.
De acuerdo con el procedimiento de evaluación de los proyectos con Categoría “C”, la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (Dinacea) convocó a tres audiencias públicas a lo largo del último año.
La última audiencia pública, con un local desbordante de gente y una carpa adicional afuera, el 5 de agosto, en el Centro Cultural de Maldonado Nuevo, transcurrió en un clima caldeado por los argumentos de las petroleras.
Personas a título individual, representantes de organizaciones sociales e integrantes de la academia expresaron una oposición unánime a las prospecciones sísmicas y demandaron del Ministerio de Ambiente el rechazo de los proyectos.
El 19 de noviembre, cuando la autoridad ambiental aún no lo había decidido, las organizaciones sociales Mar Libre de Petroleras y Socobioma (Sociedad para la Conservación de la Biodiversidad de Maldonado) presentaron en la justicia civil la solicitud de una medida cautelar de “no innovar” o suspender las prospecciones sísmicas en el mar, mientras se dirime el juicio por la anulación absoluta de los contratos firmados por ANCAP con las empresas petroleras.
Entre los fundamentos de la iniciativa, las organizaciones hacían referencia a los hallazgos de la expedición Uruguay SUB200, realizada entre agosto y setiembre de 2025, por medio de la cual se “confirmó que el fondo del mar uruguayo constituye un patrimonio ambiental de valor incalculable, cuya conservación representa un deber intergeneracional y una obligación constitucional para el Estado conforme al artículo 47 de la Constitución”.
El 5 de diciembre, el ministro Edgardo Ortuño autorizó las prospecciones.
Cuatro días después, la Red Unión de la Costa (RUC), que reúne a más de un centenar de organizaciones en defensa del ambiente de pobladores de los departamentos costeros, desde Colonia hasta Rocha, manifestó su “rechazo categórico” a la decisión, “precisamente, dentro de la misma zona que el Ministerio de Ambiente había declarado como prioritarias para su conservación” (sic).
El 16 de diciembre, dos organizaciones integrantes del colectivo Amigos del Océano presentaron sendos recursos de suspensión y anulación de la autorización de las prospecciones sísmicas ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA).
Los recursos sostenían que las autorizaciones habían sido concedidas “de forma ilegítima”, con manifiesta “desviación de los poderes públicos conferidos al Ministerio de Ambiente para la protección ambiental” (sic).
El 2 de febrero de 2026, el barco de investigación sismográfica BGP Prospector llegó al puerto de Montevideo.
De 100 metros de eslora y 24 metros de manga, el barco tiene seis cañones de aire comprimido y requiere el uso exclusivo del océano en su área de trabajo.
Esto implica más de seis kilómetros a cada lado, lo mismo a proa, y unos 15 kilómetros a popa, para proteger el tendido de cables con los sensores que recogen las ondas sonoras rebotadas del subsuelo marino.
El 11 de febrero siguiente, la Institución nacional de Derechos Humanos (INDDHH) presentó ante la justicia civil una acción de amparo.
Demandaba la suspensión de las prospecciones sísmicas con el fin de evitar sus efectos nocivos e irreversibles sobre el ecosistema marino, la vida y los derechos fundamentales de las personas, resaltando el impacto acústico extremo para los seres vivos en el mar y la afectación demostrada en el pasado sobre la industria pesquera.
Sorpresivamente, ese mismo día, el juez letrado en lo Civil de 8° Turno Federico Tobía, que había aceptado dar trámite a la medida cautelar planteada por Mar Libre de Petroleras y Socobioma y solicitado sus descargos a las empresas petroleras, declaró que la demanda no era de su competencia y clausuró sus actuaciones.
El 18 de febrero, la jueza letrada en lo Civil de 3º Turno Xenia Pedrozo desestimó la acción de amparo de la INDDHH por razones similares.
Las organizaciones sociales y la INDDHH apelaron inmediatamente las decisiones, pero aún si se hubiera reabierto el tratamiento judicial, las medidas solicitadas habrían perdido sentido porque la previsión era que las prospecciones se iniciarían el 1 de marzo y así ocurrió.
Lo mismo sucedió con los recursos de Amigos del Océano pues, a pesar del tratamiento urgente que debe tener una solicitud de suspensión, a fines de febrero los jueces del TCA no se habían pronunciado.
Paralelamente, el Sindicato Único Nacional de Trabajadores del Mar y Afines (SUNTMA), la Cámara de Industrias Pesqueras y la de Armadores Pesqueros solicitaron la suspensión de las prospecciones sísmicas en el mar.
El sindicato denunció que estas actividades coinciden con el pico de la zafra pesquera y no aportan ninguna fuente de trabajo para los uruguayos, mientras las cámaras lo consideran una vulneración grave a la “soberanía productiva del país”.
La movilización social contra las prospecciones petroleras, que se expresó en el verano a través de cadenas humanas sin precedentes a lo largo de toda la costa, no se detuvo.
Prosiguió con manifestaciones multitudinarias en el puerto de Punta del Este y, entrado marzo, en la capital del país, reclamando el cese de las actividades frente a la Presidencia de la República.}

