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Con César López

Empresa palmera vulnera derechos de trabajadores

Fesitrae denuncia arremetida patronal para impedir negociación colectiva

Tras su constitución, en 2014, el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Agrícola Entreríos alcanzó rápidamente la cantidad mínima de afiliados (50 por ciento más uno) que la legislación de Ecuador establece como condición para conformar un comité de empresa y negociar colectivamente. La reacción de la patronal no se hizo esperar.

En Ecuador las empresas palmeras acostumbran contratar a personas de escaso nivel educativo y bajos recursos económicos, que viven en zonas alejadas y desconocen sus derechos laborales y sindicales.

Crecer en afiliación y negociar colectivamente es, para los sindicatos, pasos fundamentales para romper con la explotación laboral de los trabajadores y las trabajadoras rurales.

Entre las principales problemáticas que enfrentan los trabajadores de Agrícola Entreríos SA, el sindicato señala el irrespeto del contrato de trabajo en cuanto a remuneración, definición del lugar de trabajo, realización de exámenes médicos periódicos, pago de alimentación y de horas extra.

También menciona irregularidades en la concesión de permisos sindicales, la no entrega de un local para el sindicato y de un espacio físico (cartelera) donde informar sobre sus actividades.

“A mediados del año pasado ya contábamos con 78 trabajadores afiliados de un total de 120 que la empresa emplea en las plantaciones de Puerto Francisco de Orellana (El Coca), en la zona oriental del país. Presentamos la documentación necesaria para constituir un comité de empresa, pero la patronal reaccionó de forma abrupta”, dijo a La Rel César López Sánchez, presidente nacional de Fesitrae 1.

Al darse cuenta de la iniciativa, Agrícola Entreríos comenzó a amenazar a los trabajadores, exigiéndoles desistir de la conformación del comité.

Varios renunciaron, otros se desafiliaron. La empresa vio la posibilidad, de acabar con el sindicato de una vez por todas.

Crean asociación paralela
Acabar con el sindicato

El paso siguiente fue la creación de una asociación amarilla. Comenzó entonces a presionar a los trabajadores para que se afiliaran a la nueva organización.

Aduciendo que el sindicato ya contaba solamente con 15 afiliados, a partir de julio del año pasado la empresa palmera dejó de descontar la cuota sindical 2.

También intensificó la campaña de hostigamiento en contra de quienes se negaban a desafiliarse.

Entre los que resistieron la ofensiva patronal está Felicísimo Santos Canizarez, secretario general del sindicato, quien continúa bajo amenaza de despido.

“Todas estas actuaciones son ilegítimas e ilegales. Para desafilarse, por ejemplo, un trabajador debe presentar su renuncia ante la asamblea, y esto nunca ocurrió”, aseguró el presidente nacional de Fesitrae.

“Ya recurrimos ante las autoridades del trabajo y los tribunales para que se reviertan todas estas injusticias, y próximamente vamos a acudir nuevamente aportando nuevas pruebas”, dijo.

¿Aceite de palma sostenible?
El negocio de las certificadoras

A raíz de las investigaciones realizadas, la Federación descubrió que, pese a todas las irregularidades y violaciones a las leyes nacionales y convenios internacionales, Agrícola Entreríos aspira a ser parte de la Mesa Redonda sobre el Aceite de Palma Sostenible (RSPO).

También constató que la empresa tiene otras plantaciones bajo la misma razón social en Santo Domingo de los Tsáchilas, al norte del país, sumando así un total de 313 trabajadores sindicalizables.

“Vamos a trabajar para afiliar a los trabajadores de estas plantaciones. También hay compañeros que se dieron cuenta del error cometido y que quieren volver al sindicato, pero la empresa no se lo permite”, explicó López.

“Nuestro objetivo no ha cambiado. Seguiremos trabajando para constituir un comité de empresa y negociar colectivamente. Sabemos que contamos con el respaldo internacional de la UITA y no permitiremos que la empresa acabe con el sindicato”, concluyó.

 


1 Federación Sindical Independiente de los Trabajadores y Trabajadoras del Ecuador
2 El art. 447 del Código del Trabajo prevé que cada trabajador pague la cuota mínima independientemente de estar o no sindicalizado.